¿Te toca la primera inspección RIPCI en Cataluña? Esta es la documentación que exigirá la OCA. La antigüedad de la instalación y la memoria técnica son dos piezas clave para afrontar la revisión reglamentaria con la documentación preparada.
La primera inspección periódica de una instalación de protección activa contra incendios no se limita a comprobar el estado de los equipos colocados en el establecimiento. El organismo de control debe poder determinar cuándo se puso en servicio la instalación, qué sistemas forman parte de ella y qué normativa resulta aplicable.
En Cataluña, además de las obligaciones establecidas por el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI), existe un procedimiento específico para documentar instalaciones antiguas que no aparecen correctamente registradas. Por eso, reunir los documentos antes de solicitar la visita puede evitar incidencias durante la inspección.
¿Quién tiene que pasar la inspección periódica y cuándo?
El artículo 22 del RIPCI establece inspecciones periódicas, con carácter general cada diez años, para las instalaciones de protección activa contra incendios cuya inspección no esté regulada por una normativa específica. La comprobación corresponde a un organismo de control acreditado y debe realizarse siguiendo la UNE 192005-2 o el procedimiento equivalente establecido por la comunidad autónoma.
La obligación no afecta por igual a todos los establecimientos. El reglamento contempla excepciones para determinados usos y superficies: administrativos y docentes de menos de 2.000 m², comerciales y de pública concurrencia de menos de 500 m² y aparcamientos de menos de 500 m², siempre que no existan zonas o locales de riesgo especial alto ni zonas de uso almacén. También quedan fuera las instalaciones que únicamente estén formadas por determinados equipos exentos de puesta en servicio o por alumbrado de emergencia, salvo que otra normativa específica establezca lo contrario.
La situación cambia cuando se trata de establecimientos industriales sometidos a una regulación específica. El Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales aprobado mediante el Real Decreto 164/2025 establece para estos establecimientos inspecciones periódicas al menos cada cinco años.
La antigüedad marca el calendario de la primera revisión
La disposición transitoria cuarta del RIPCI fijó un calendario para las instalaciones existentes cuando el reglamento entró en vigor, el 12 de diciembre de 2017. Las instalaciones que ya tenían diez años o más quedaron sometidas a distintos plazos en función de su antigüedad, mientras que para las restantes la referencia pasó a ser el décimo aniversario de su puesta en servicio.
Esto hace que la fecha de puesta en servicio tenga una importancia especial. No se trata de un dato administrativo secundario: permite situar la instalación en el momento normativo correspondiente y sirve como punto de partida para determinar las exigencias que debe acreditar.
Cuando el establecimiento ha sufrido reformas, cambios de actividad o sustituciones parciales de equipos, también conviene conservar la documentación relacionada con esas actuaciones. Una instalación antigua puede haber incorporado sistemas en diferentes momentos y esa evolución debe quedar correctamente identificada.
El primer documento que pedirá la OCA: acreditar cuándo empezó a funcionar la instalación
Uno de los documentos fundamentales es aquel que permita justificar la fecha de puesta en servicio de la instalación de protección contra incendios. La documentación técnica publicada por la Generalitat contempla diferentes vías para acreditarla.
Entre las posibilidades figuran el certificado final de instalación, el certificado final de obra, un certificado acreditativo del acta de comprobación municipal, documentación de una entidad colaboradora de la Administración o la licencia de actividad. También pueden utilizarse determinados recibos o contratos de la empresa instaladora o mantenedora.
La Generalitat aclara además que esta relación de documentos no tiene carácter cerrado. En determinadas circunstancias pueden servir otros documentos que permitan demostrar de manera razonable cuándo se puso en servicio la instalación, como documentación del registro industrial, referencias del inmueble, contratos de suministro específicos, facturas de elementos de la instalación o documentos que acrediten operaciones de mantenimiento.
Por eso, cuando no aparece el certificado original, merece la pena reconstruir la trazabilidad documental a partir del expediente municipal, los contratos antiguos y los archivos de la empresa mantenedora.
La memoria técnica simplificada se convierte en la pieza central
El segundo documento adquiere especial relevancia cuando se trata de una instalación existente cuya documentación original no permite conocer con precisión sus características actuales. La memoria técnica simplificada debe recoger cómo está configurada la instalación y quedar firmada por un técnico titulado competente.
Su contenido debe permitir identificar al titular, el emplazamiento, la actividad, la empresa mantenedora y los antecedentes de la instalación. También debe indicar la normativa aplicable, describir los sistemas de protección contra incendios existentes y aportar la documentación técnica necesaria para que el organismo de control pueda realizar sus comprobaciones.
Los planos y esquemas forman igualmente parte de la información necesaria. En una instalación con detección, alarma, BIE, abastecimiento de agua, rociadores, control de humos u otros sistemas, la representación gráfica permite al inspector contrastar lo que figura en la documentación con lo que encuentra físicamente durante la visita.
Qué debe reflejar la memoria técnica de una instalación antigua
La memoria no debería limitarse a enumerar equipos. Tiene que ofrecer una imagen técnica coherente de la instalación que existe en el momento de la inspección.
Entre la información que debe quedar identificada se encuentran:
- Objeto de la memoria, con los datos del titular, emplazamiento, actividad y empresa mantenedora.
- Antecedentes, incluyendo la antigüedad y la documentación utilizada para justificar la fecha de puesta en servicio.
- Normativa aplicable, teniendo en cuenta la fecha de ejecución y las obligaciones posteriores que resulten exigibles.
- Descripción de los equipos y sistemas, con sus principales características.
- Fichas y documentación técnica disponible de los componentes.
- Instrucciones de uso y mantenimiento, cuando se disponga de ellas.
- Planos y esquemas que permitan localizar y comprender los sistemas instalados.
La propia Generalitat señala que la documentación sobre la fecha de puesta en servicio es determinante para establecer el año de referencia de la normativa contra incendios utilizada en la memoria simplificada.
Los registros de mantenimiento también entran en juego
No basta con tener una memoria técnica si el historial de mantenimiento de la instalación está incompleto. El RIPCI establece que las actas de mantenimiento deben permanecer a disposición de los servicios competentes de la comunidad autónoma durante, al menos, cinco años. Además, el titular y la empresa mantenedora deben conservar constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo durante ese periodo.
Por ello, antes de solicitar la inspección conviene reunir las actas correspondientes a los diferentes sistemas instalados y comprobar que identifican correctamente el equipo, las operaciones realizadas, el resultado de las comprobaciones y, cuando corresponda, las actuaciones efectuadas sobre elementos defectuosos.
La documentación debe guardar correspondencia con la instalación existente. Si durante los últimos años se han sustituido equipos o realizado modificaciones, es recomendable que esos cambios puedan relacionarse con sus correspondientes registros.
El estado de los equipos puede cambiar el resultado del acta
La documentación permite al inspector conocer la historia de la instalación, pero la visita también incluye la comprobación física de los sistemas. Accesibilidad, señalización, estado de los equipos, ubicación y mantenimiento forman parte de las verificaciones.
En el caso de los extintores, el RIPCI establece que deben ser fácilmente visibles y accesibles, estar próximos a los puntos donde exista mayor probabilidad de inicio del fuego y quedar distribuidos de manera que el recorrido máximo horizontal hasta ellos no supere los 15 metros. La parte superior debe situarse, con carácter general, entre 80 y 120 centímetros sobre el suelo.
El extintor abc también debe encajar con el riesgo protegido
Un extintor abc de polvo puede formar parte de la dotación habitual de numerosos establecimientos, pero su presencia no significa por sí sola que la instalación cumpla todos los requisitos. El inspector comprobará que los equipos sean adecuados para los riesgos existentes y que se encuentren correctamente ubicados, señalizados y mantenidos.
El RIPCI exige que los agentes extintores sean adecuados para las distintas clases de fuego y establece requisitos específicos para las características, certificación e instalación de estos equipos.
También hay que revisar la antigüedad. El Reglamento de equipos a presión establece para los extintores una vida útil de veinte años desde la fecha de fabricación, con las pruebas periódicas correspondientes.
En una instalación antigua, comprobar las fechas de fabricación y de las pruebas realizadas antes de la visita puede revelar equipos que necesitan ser sustituidos.
Qué revisar si la instalación está en Barcelona
En establecimientos ubicados en la capital catalana, la preparación documental debe seguir el mismo marco reglamentario autonómico y estatal. Además de comprobar los equipos, conviene verificar que la empresa mantenedora esté correctamente habilitada y que las actas permitan identificar sin dudas cada elemento revisado.
La búsqueda y sustitución de equipos antiguos puede requerir coordinación con la empresa que mantiene la instalación, especialmente cuando existen varios tipos de sistemas o cuando la documentación histórica se encuentra dispersa. En ese escenario, disponer de los registros asociados a los extintores barcelona permite relacionar las actuaciones de mantenimiento con los equipos que finalmente revisará el organismo de control.
Qué ocurre si la instalación tiene diez, veinte o treinta años
Las instalaciones antiguas son las que suelen plantear más dificultades documentales. En muchos inmuebles construidos hace décadas se conserva parte de la documentación original, pero no necesariamente el expediente completo.
La solución pasa por reconstruir la información disponible y dejar constancia de las fuentes utilizadas. La Generalitat admite distintos documentos para acreditar la fecha de puesta en servicio y contempla expresamente situaciones en las que el titular no encuentra documentación original más allá de las actas de mantenimiento.
Esto permite abordar instalaciones históricas sin asumir que la ausencia de un único certificado implica automáticamente que no pueda justificarse su antigüedad.
La inspección no termina cuando el técnico abandona el establecimiento
Una vez realizadas las comprobaciones, el organismo de control debe emitir un acta firmada por su técnico competente y por el titular de la instalación. Ambas partes deben conservar una copia a disposición de la Administración. Si se detectan incumplimientos, el propio organismo de control establece los plazos correspondientes para su subsanación.
Cuando el establecimiento está sujeto a requisitos específicos por su actividad, como ocurre con determinados establecimientos industriales, el procedimiento y la periodicidad pueden venir determinados por esa normativa sectorial y no exclusivamente por el artículo 22 del RIPCI. El RSCIEI aprobado en 2025 establece para los establecimientos industriales inspecciones periódicas como mínimo cada cinco años.
La referencia catalana: documentación, inspección y registro
Cataluña cuenta con criterios propios para determinadas instalaciones existentes y dispone de información técnica específica sobre protección contra incendios. La documentación publicada por el Departament d’Empresa i Treball recoge criterios y preguntas frecuentes sobre la acreditación de la fecha de puesta en servicio y la elaboración de memorias simplificadas.
El Registro de instalaciones técnicas de seguridad industrial de Cataluña, conocido como RITSIC, forma parte de la gestión administrativa de estas instalaciones. La documentación administrativa debe quedar alineada con la realidad técnica que posteriormente comprueba el organismo de control.
Checklist para llegar a la OCA con la documentación preparada
Antes de fijar la fecha de inspección, el titular puede comprobar que dispone de:
- Documento que acredite la fecha de puesta en servicio de la instalación.
- Memoria técnica simplificada, cuando resulte necesaria, firmada por técnico competente.
- Planos y esquemas actualizados respecto a la configuración existente.
- Certificados, fichas y documentación técnica de los sistemas instalados que estén disponibles.
- Actas de mantenimiento de los últimos cinco años.
- Información sobre modificaciones o sustituciones realizadas en la instalación.
- Identificación de la empresa mantenedora y documentación que permita acreditar su habilitación.
- Revisión de los extintores, incluyendo ubicación, accesibilidad, señalización, mantenimiento y antigüedad.
- Documentación administrativa de la actividad que pueda ayudar a reconstruir la historia de la instalación.
- Comprobación del registro autonómico, cuando corresponda.
La clave está en que los documentos cuenten una misma historia: cuándo comenzó a funcionar la instalación, qué sistemas tenía entonces, qué modificaciones ha experimentado y qué elementos permanecen actualmente.
La inspección periódica permite poner en relación esa documentación histórica con el estado actual de los sistemas. Tener el expediente ordenado antes de la visita facilita que el organismo de control pueda identificar la instalación, comprobar su correspondencia con la documentación disponible y dejar constancia del resultado mediante el acta correspondiente.
